La Ley 181 de 1995 es conocida como la "ley del deporte" ya que promociona la formación física a la niñez y a la juventud en todos los niveles. Tiene como objetivo principal la creación del sistema nacional del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física.
Refiere la educación extraescolar como la que utiliza el tiempo libre, la recreación y el deporte como instrumento fundamental para la formación integral de la niñez. Esta educación complementa la brindada por la familia y la escuela. Dentro de esta ley se destacan los siguientes artículos:
- Artículo 6: Es función obligatoria que todas las instituciones públicas y privadas, patrocinar, promover, ejecutar, dirigir y controlar actividades de recreación para lo cual elaboran programas de desarrollo.
- Artículo 10: Educación física, es la disciplina científica cuyo objeto de estudio es la expresión corporal del hombre y la incidencia del movimiento en desarrollo integral y el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los individuos.
- Artículo 11: Corresponde al Ministerio de Educación Nacional la responsabilidad de dirigir, orientar, capacitar y controlar el desarrollo de los currículos de educación física.
- Artículo 18: los establecimientos que ofrezcan el servicio de educación por niveles contaran con infraestructura adecuada para el pleno ejercicio de deporte y recreación.
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